Es por las consideraciones precedentemente expuestas, que este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: Se dicta el Extenso donde Se declara con lugar la presente demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento de un local comercial ubicado en la Avenida No 08, Márquez del Pumar entre calle N0 06, Aramendi y Carvajal distinguido con el N8-4 A, que forma parte de una mayor extensión, de esta ciudad de Barinas, Municipio Barinas del estado Barinas, y como consecuencia de ello deberá el Arrendatario desocuparlo y entregarlo de manera formal, libre de personas y bienes, quedando extinguido y resuelto el contrato de arrendamiento de marras.
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte demandada de conformidad con l.....