En mérito de las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara la perención de la instancia en la presente causa, y por ende se extingue el procedimiento.
SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión al solicitante ciudadano Ronald Adalberto González Bravo, ya identificado, mediante boleta dejada en el domicilio procesal, señalado en la presente solicitud, a fin de que interponga los recursos legales correspondientes o en su defecto retire el cheque consignado objeto de la oferta real de pago signado con el Nº 10566143, cheque de gerencia código cuenta cliente Nº 0116-0478-15-2120210100, de fecha 05 de Agosto de 2015, a nombre de YUSENIA DACARY VARGA.....