En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
III
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos MISAEL VILLAMIZAR MÁRQUEZ y YULY DEL CARMEN VELÁSQUEZ QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.837.439 y 11.715.792 respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, en fecha 15 de junio de 1994, por ante la Prefectura de la Parroquia El Carmen, Municipio Barinas del Estado Barinas, tal como se evidencia de la copia fotostática certificada d.....