En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se ordena ACUMULAR la presente solicitud al asunto signado con el N° EN21-S-2015-000127 que cursa por ante el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, declarándose competente este Órgano Jurisdiccional para seguir conociendo ambas solicitudes.
SEGUNDO: En consecuencia, luego que quede firme la presente decisión, y en atención a lo dispuesto en el artículo 79 del mencionado Código, ambas causas se seguirán en un mismo proceso, el cual terminarán con u.....