En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por la ciudadana Yanna Violeta Rodríguez Lozano, supra identificada, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los cónyuges ciudadanos Yanna Violeta Rodríguez Lozano e Itamar Naum Arza Parra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.793.257 y V-15.384.280, respectivamente, por ante el Registro Civil del Municipio Obispos del estado Barinas, en fecha 08 de junio de 2.012