En mérito de las motivaciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA CONVERSION EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los cónyuges ciudadanos José Miguel Sousa Puertas y Franyel Adrianny Suárez Franco, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 19.414.073 y 19.825.432
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ante el Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 04 de mayo de 2.015, según acta de matrimonio Nº 0420.