En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, la Solicitud de obligación de manutención intentada por la ciudadana FINLANDIA MORENO CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.204.311, docente de aula en la Unidad Educativa "Antonieta Moreno de Albornoz", ubicada en la calle 06, sector San Pedro de la Población de Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, con domicilio en el Sector "La Cochinilla", calle Coromoto N° 34, casa S/N°, al lado del Centro de Rehabilitación "Negra Hipólita", de esta población de Barinitas Municipio Bolívar, estado Barinas, teléfono móvil celular N°- (0412)- 095.9966, correo electrónico: finlandiamor.....