éste Tribunal, como garante del debido proceso y actuando en protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes por mandato de Ley, considera que el numeral antes descrito, establece las pautas que debe seguir todo Tribunal para dar continuidad procesal a los expedientes de Adopciones cuando se obvia el emparentamiento técnico en relación con el solicitante y el candidato en adopción; es por ello, que éste Tribunal, dicta la medida de Colocación Familiar con miras a la adopción.