D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes expresados, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 13 de octubre de 2016, por el abogado en ejercicio Elibanio de Jesús Uzcátegui Monsalve, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.610, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto de admisión de pruebas, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 6 de octubre de 2016, específicamente en lo relativo a la admisión de la prueba de experticia promovida por la parte accionante.....