Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la reconvención interpuesta.
Se CONFIRMA la sentencia apelada con la motivación expuesta.
Se CONDENA a la empresa: "Corporación Ensyla, C.A.", pagarle a la sociedad mercantil: Serenos, Emergencias y Servicios, C.A., la cantidad de: treinta y un mil quinientos setenta y cuatro bolívares con 40 céntimos (Bs. F. 31.574,40).
Se ordena a Serenos, Emergencias y Servicios, C.A. (S.E.S.C.A), entregar de manera efectiva a "Corporación Ensyla, C.A"., los dos (2) cheques emitidos por Adriática de Seguros, se ordena de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, una experticia complementaria del fallo a favor de la empresa: Corporación Ensyla, C.A.