Este Juzgado Superior con la finalidad de procurar la estabilidad de los juicios, e igualmente, garantizar el debido proceso y acceso a una justicia idónea, revoca parcialmente el auto de fecha 23 de febrero de 2012 (folio 117), en cuanto al procedimiento establecido, acordando la tramitación del recurso de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 123, de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda; en consecuencia, se ordena la reposición de la causa al estado de notificar a las partes, y una vez conste en autos las resultas de la última notificación, se fijará la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, a que hace referencia la norma antes señalada; asimismo, se deja sin efecto la actuación que riela al folio 118, del presente expediente.