Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Santos David Acevedo, titular de la cedula de identidad Nº V-5.021.895, actuando con el carácter de Presidente del Concejo Municipal del Municipio Bolívar del Estado Barinas, asistido por el abogado Gualberto Toro Canelón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 77.429, contra el Decreto Nº 001/2012, dictado en fecha 19 de enero de 2012, por la ciudadana Alcaldesa del referido Municipio, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.