PRIMERO: Se declara Competente para conocer el presente Recurso de Hecho.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto por el ciudadano por el ciudadano Gustavo Alonso Mejías Vitriago, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.261.609, asistido por la abogada Karen Araujo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.978.373, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 134.826, contra la sentencia interlocutoria de fecha 28 de Mayo de 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, que negó oír el Recurso de Apelación interpuesto mediante escrito de fecha 04 de Junio de 2018, contra la sentencia interlocutoria que declaro inadmisible el exhorto emitido por el Tribunal Primero en funciones de Juicio del Circuito Judicial del Estado Barinas, de fecha 09 de mayo de 2018.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.