D E C R E T O D E A D O P C I O N
En consecuencia por los recaudos acompañados y las diligencias practicadas en la presente solicitud, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguiente:
ÚNICO: Se Declara LA ADOPCIÓN PLENA INDIVIDUAL del ciudadano ABRAHAN HERNANDEZ, antes identificado por parte de la ciudadana KATIUSKA DEL CARMEN ANGULO MINA, igualmente identificada en autos; por lo tanto téngase al adoptado como ABRAHAN ANGULO MINA, venezolano, mayor de edad, soltero, nacido en el Caserío el Toro Jurisdicción del Municipio Cruz Paredes Distrito Obispo del Estado Barinas; el día 24 de Julio de 1984, e hijo de KATIUSKA DEL CARMEN ANGULO MINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-11.188.441, domiciliada en la urbanización don Sam.....