Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente causa y DECLINA COMPETENCIA en el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los fines que conozca de la misma.
SEGUNDO: Se ordena remitir la presente causa, al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Líbrese oficio.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte actora de la presente decisión, por dictarse fuera del lapso establecido en la ley.
CUARTO: Déjese transcurrir íntegramente el lapso de apelación, a fin de que la parte actora interponga los recursos que considere pertinentes.
Dada, firmada, s.....