DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ELLILDA MELICSA GOMEZ MENDOZA y RAFAEL MARIA TOVAR VENTA, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 15 de diciembre de 1.972, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Pedro Manuel Rojas del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 19, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los tres días del mes de agosto del año dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez Temporal,
(fdo)
Abg. Yriana Díaz Peña.
La Secretaria
(fdo)
Abg. Mercedes Santiago.
En la misma fecha siendo las 12:05 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia. Conste.-
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