DECLARA CON LUGAR, la Conversión de la presente Separación de Cuerpos en Divorcio, por Mutuo Consentimiento de los ciudadanos: JOSE ALONZO ALVARADO GARCIA y NANSIS COROMOTO ARROYO GAINZA, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que ambos contrajeron el día 29 de diciembre de 2.003, por ante la Prefectura de la Parroquia Foráneo Dolores Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 06, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los siete días del mes de noviembre de dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez Temporal,
(Fdo)
Abg. Yriana Díaz Peña.
La Secretaria,
(Fdo)
Abg. Mercedes Santiago T.
En la misma fecha siend.....