D E C I S I O N
Por las motivaciones, razones y consideraciones explanadas anteriormente, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda de Cobro de Bolívares por Intimación, intentada por el Abogado TALAL ABOU HADDOUR, identificado en autos, actuando en su condición de Endosatario en Procuración del ciudadano REGULO FRANCISCO RODRIGUEZ, igualmente identificado en autos, actuando en su condición BENEFICIARIO de las Letras de Cambio, objeto del litigio, intentado contra la ciudadana GLADYS OMAIRA OSTO DE BAUDIN, ya identificada, representado por los Abogados en ejercicio MARIA CRISTRINA BETANCOURT HITCHER y HAROLD PAREDES BRACAMONTE, identificados en autos, ambos de este domicilio.
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte demandad.....