Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE la demanda de reivindicación incoada por el abogado en ejercicio Gustavo Espinoza Pino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.372, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Nélida Yanett Avendaño Cuevas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.042.222, en contra de la sociedad mercantil "Acualba 2000, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha: 29 de agosto de 1.995, bajo el N° 34, Tomo 3-A, representada por su presidente, ciudadana María Bernarda Gehín Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.....