Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de acción mero-declarativa de reconocimiento de unión concubinaria, interpuesta por la ciudadana Norka Milagros Conde, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.451.443, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Luis Gerardo Molina Guillén, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.177, a los fines que se le reconociere la relación de hecho que sostuvo con el de cujus, ciudadano Roberto Antonio Cova Medina, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.330.604.
SEGUNDO: Se establece que la relación concubinaria que existió entre la ciudadana: Norka Milagros Conde,.....