PRIMERO: Declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la presente demanda de acción mero declarativa de reconocimiento de Unión Estable de Hecho, intentada por la accionante ciudadana CARMEN TERESA VARGAS GUTIERREZ, contra el ciudadano JESÚS ALBERTO VILLAFAÑE MARTINEZ, ambos up supra identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de la homologación del referido desistimiento de la demanda, se le da valor de cosa juzgada conforme a lo dispuesto en la parte final del encabezado del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 282 ejusdem.
CUARTO: No se ordena la notificación de la parte actora y/o de sus representantes judiciales por encontrarse a derecho.