DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: SERGIO MARIO RAFOLS MACHADO y OLGA ESPERANZA CASTILLO, ya identificados, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 16 de Junio de 1.983, por ante la Prefectura del Distrito Rangel Municipio Mucuchies del Estado Mérida, según se evidencia del acta de matrimonio N° 21, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese y Expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veinte días del mes de octubre del año dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
(fdo)
Abg. Pedro A. Morales.
La Secretaria,
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