DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio de los ciudadanos ESPERANZA MANRIQUE DE CLEMENTE y GIUSEPPE CLEMENTE, inscrita en los Libros de Registro de Matrimonios llevados por el Registro Principal del Estado Barinas, durante el año 1.967, bajo el Nº 03, en el sentido de que se corrija el lugar de nacimiento de la solicitante el cual es VIOTA, CUNDINAMARCA REPUBLICA DE COLOMBIA. En consecuencia y de conformidad con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la inserción de la presente sentencia en el Registro Civil correspondiente, sin hacer alteración del acta de matrimonio rectificada y ponerla al margen de dicha acta cuya rectificación se declara, la nota marginal a que se refiere el Artículo 502 del Código Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veintiún .....