D E C I S I O N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE RAMON VARGAS GARCIA E IRAIDA COLMENARES RONDON, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 09 de Agosto de 1.985, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora, Santa Bárbara del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 56 que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veintitrés días del mes de Abril del año dos mil cuatro. A.....