Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta mediante diligencia de fecha 30 de enero de 2.009, por los abogados en ejercicio Janner Bastidas Berrios y Ana Gabriela Lobo Bastidas, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 28 de enero de 2.009, la cual, declaró sin lugar la demanda de desalojo.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por los abogados en ejercicio Janner Bastidas Berrios y Ana Gabriela Lobo Bastidas, inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 48.083 y 127.061, respectivamente, en su cará.....