En cuanto al embargo del cincuenta por ciento (50%), de la prestación de antigüedad acumulada de la ciudadana Shirley Guerra Charry, calculado desde el 14 de julio del año 2014, hasta que haya una sentencia definitivamente firme que declare la disolución del vinculo matrimonial, de igual manera el cincuenta (50%) de las utilidades que le corresponden en el presente año, llenos como se encuentran los extremos legales exigidos en los artículos 585 y 588 Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal decreta medida cautelar innominada mediante la cual se ordena la retención del cincuenta por ciento (50%) del total de las prestaciones sociales correspondientes a la ciudadana Shirley Guerra Charry, desde el 14 de julio de 2014, inclusive, hasta la presente fecha. En consecuencia, se ordena participar lo conducente a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, ubicada en la Calle Camejo, Cruce con Avenida Páez, Edificio Don Pepe, Piso 3, de esta ciudad de Barinas. Líbrese.....