En mérito de las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de nulidad de contrato de compraventa y asiento registral intentada por la ciudadana Flor Ángela Sequera González, contra los ciudadanos José Gregorio Durán Díaz y Yaskani Avilet Gómez Mosqueda, todos ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara la nulidad del contrato de compraventa del inmueble supra descrito, celebrado entre los ciudadanos José Gregorio Durán Díaz y Yaskani Avilet Gómez Mosqueda, y del asiento registral estampado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 04 de mayo de 2012, bajo el Nº 2012.2310, Asiento Registral 1, matriculado con.....