DISPOSITIVA
Con base en los argumentos de hecho y derecho antes mencionados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se repone la causa al estado de que el Tribunal admitida los escritos de pruebas presentados en fecha 15 de marzo del año 2017, por los Abogados: Luccienne Aurisela Flores, Franco Magneti Amirante y Félix Moisés Rosales García, inscritos sucesivamente en el inpreabogado bajos los números 43.007 y 28.075, p146.998, Así se decide.
SEGUNDO: se declara la nulidad de los autos de fechas, 16 marzo del 2017 y 20 de marzo del presente asunto, Así se decide.
TERCERO: se ordena la notificación de las partes, por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso, al constar en autos la última notificación de las partes, y transcurridos los lapsos para la interposición del .....