DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos Juan de la Cruz Pacheco Vivas y Lina Rosa Molina de Pacheco, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Alcaldía del Municipio Ticoporo, Distrito Pedraza del estado Barinas, hoy Prefectura de la Parroquia Ticoporo, Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, en fecha 15 de agosto de 1975, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio Nº 13.