DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos Ángel Hugo Porte Blanco y María Virginia Montes de Oca, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia, del Estado Carabobo, en fecha 12 de septiembre de 1998, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio N° 660.