declara como únicos y universales herederos de la de-cujus Noemí Teresa de Jesús Moreno de Beracierto, al solicitante ciudadano José Daniel Beracierto Moreno, ya identificado, y a los ciudadanos Jenny Mildrey, Alán Jesús, Dalmiro Ramón, Nohemí Celenia Beracierto Moreno, César Antonio, Luz Mara y Astrid Karina Beracierto Delgado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.060.159, 4.258.536, 3.060.158, 4.263.516, 12.204.958, 13.947.614 y 17.659.647 en su orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.