PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la reconvención propuesta por el ciudadano JORGE ALBERTO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.615.579, contra el ciudadano GUILLERMO CORRALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.552.196.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano GUILLERMO CORRALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.552.196, contra el ciudadano JORGE ALBERTO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.615.579, por Resolución de Contrato.
TERCERO: Se declara RESUELTO PARCIALMENTE, el contrato de obras, suscrito entre el ciudadano JORGE ALBERTO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.615.579 y GUILLERMO CORRALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.552.196 y otros en fecha 07-02-2003, anotado bajo el Nº 28, tomo 04 de los libros llevados por la Notaría Pública Segunda de Ba.....