En consecuencia el Tribunal, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO efectuado por el ciudadano: JOSÉ GREGORIO DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.717.025, en su condición de Presidente del FONDO ÚNICO DE CRÉDITO DE ESTADO BARINAS, asistido por el abogado: JORGE FAYOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 87.157. En los términos contenidos en el mismo. Finalmente, el desistimiento ejercido en los términos señalados, procede como en sentencia en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 ejusdem y así se decide.-
Se suspende la Medida de Secuestro decretada por este Tribunal en fecha 16/06/08 y practicada en fecha 15/07/08, Ofíciese al ciudadano JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.507.546, en su condición de Depositario Temporal, para la entrega formal de: 1) UN TRACTOR AGRÍCOLA, Modelo: MF292 4/4. Marca: Massey Fergunson, Serial de Chasis: 292059428, Serial de Motor: SD8.....