Este Tribunal de de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Niega el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva, menos Gravosa; solicitada por los Defensores privados: Abogados: LUIS RODOLFO CAMPOS Y MIREYA TAQUIVA, a los acusados:CRAYLE XAVIER TERAN TORREALBA; ELVIS ELEVEN BOYA MOLINA, y LILI PAOLA BOYA MOLINA, y con fundamento en los señalamientos expuestos revoca de oficio la medida cautelar sustitutiva menos gravosa a la de privación de libertad otorgada por el Tribunal de Control Nº 4 de este Circuito Judicial Penal, en esta causa a los acusados: CRAYLE XAVIER TERAN TORREALBA; ELVIS ELEVEN BOYA MOLINA y LILI PAOLA BOYA MOLINA, Y en consecuencia se acuerda Librar la respectiva orden de aprehensión a los mismos; Por los Delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO, para los dos primeros de.....