DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA PRIMERO: Califica como Flagrante la aprehensión de los ciudadanos J BRAINER SERRANO CASTELLANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.291.625, nacido en fecha 30/05/1986, de 20 años de edad, natural de Socopo Estado Barinas; dice ser hijo de Julio Serrano (f); y Doris de Serrano (v), y con residencia en la Barrio Obrero, Calle 13, con carrera 13 y 14, casa S/N de Socopo Estado Barinas; Telf. 0414.352.3996; por la comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA; previsto y sancionado en los Art. 468 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana OMAIRA RAMIREZ DE PARADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico .....