D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto ,este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano CARLOS JOSE MENDOZA venezolano, portador de la cédula de identidad Nº 17.485.232, de 27 años de edad, nacido el día 14-10-81 , natural de Guasdualito Estado Apure, comerciante, bachiller, residenciado en la Barrio el Diamante de Guasdulaito Estado Apure, teléfono 0414-1596576, hijo de Ana Ramona Mendoza de Romero (V) y Jesús Guedez (V), a quien se procesa por la comisión del delito de DE HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 453 Numeral 3° en relación con los artículos 83 del Código Penal Venezolano Vigente, todo de conformidad con el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Cesa.....