D I S P O S I T I V A
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado imputado JOSÉ CRISTÓBAL CORONADO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.178.785 (No la porta), de 45 años de edad, nacido en fecha 06/11/1964, natural de Valera Estado Trujillo, soltero, ocupación u oficio Herrero y Mecánico, hijo de Débora Briceño (f) y de José Coronado (v), residenciado en el barrio Corralito II, Av. 2, calle 8, casa F22, de esta ciudad, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el articulo 31, segundo aparte y articulo 46, ordinal 5º de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Esta.....