Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la aprehensión del imputado OMAR ALBERTO GABALO, suficientemente identificado al inicio de esta decisión, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previstos y sancionados en el artículo 39, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana Carmen Aurora Hidalgo, conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al imputado OMAR ALBERTO GABALO ESTRELLA, de conformidad con el artículo 256, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SE ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL tal y como lo fue solicitado por el Fiscal del Ministerio .....