DECRETA: Primero: Acuerda la privación de libertad en contra del imputado ROGER ESTEBAN GARCIA PAREDES, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.837.860, de 28 años de edad, soltero, oficial de seguridad, grado de instrucción: Bachiller, natural de Barinas Estado Barinas, nacido el día 03/09/76, hijo de María Hermula Paredes (V) y Ramón Eduardo García (V), domiciliado Urb. La concordia, calle Orinoco, casa 45-84, cerca del Liceo La Concordia, Barinas, Estado Barinas, por la presunta comisión del delito Homicidio intencional calificado cometido en la ejecución de un robo, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1° del Código Penal vigente, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Manuel Aquiles Márquez Rivas. Segundo: Se Acuerda la prosecución del proceso por la vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 del COPP, según lo solicitado por la Fiscalía.