PRIMERO: Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado EDWAR ALEXANDER TREJO MONTILLA, quien no porta identificación, venezolano, dice ser portador del número de Cédula de identidad V- 18.698.261, de 19 años de edad, grado de instrucción: Primer año de bachillerato, nacido en Barinas, en fecha 16/04/85, trabaja de caletero en el mercado, hijo de Carmen Luisa Falcón (V) y de Adolfo Ramón Trejo (V), residenciado en el Barrio Mi Jardín, Calle 2 Etapa , Casa Nº 184 , Municipio Barinas del Estado Barinas, por la presunta los delitos de Robo, previsto y sancionado en el artículo 455, del Código Penal Vigente, en perjuicio de los Ciudadanos Alexander Acevedo, Jesús Garrido Peña y (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL PARÁGRAFO 2° DEL ART. 65 DE LA L.O.P.N.A) y del delito de Violación Agravada, previsto y Sancionado en el Art. 374 ejusdem, en perjuicio de la Ciudadana (SE OMITE DE .....