Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: CALIFICA FLAGRANTE LA APREHENSION DEL IMPUTADO DANIEL ENRIQUE LOZADA DELGADO, de acuerdo a lo previsto a la Ley de Genero. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA a favor del imputado DANIEL ENRIQUE LOZADA DELGADO, por la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS previstos y sancionados en los artículos 39,40, y 41 de la Ley Orgánica de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Johelis Lorena Ajaque Torres, y MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD A FAVOR DE LA VICTIMA. TERCERO: Se Acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL de conformidad con el 94 eiusdem.
Dada, firmada y publicada en la sala de audiencias del Tribunal Segundo de Control del Circui.....