DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, : Condena por el Procedimiento de Admisión de los Hechos, de conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal a los Acusados : VICTOR ALEXIS RAMIREZ CANELON, venezolano, soltero, de 28 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.061.174, natural de Barinas, Estado Barinas, hijo de Maria Canelón (v) y de Víctor Ramírez (v) y residenciado en la Urbanización Prado del Este , calle 10, casa N° 52, Estado Barinas. Y RAFAEL ALEXANDER VELASQUEZ PEÑA, venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.672.425, natural de Barinas, residenciado en la Avenida Cruz Paredes, casa N° 15-25 Barinas Estado Barinas, a cumplir la pena de TRES (03) MESES, VEINTIDOS (22) DÍAS DE PRISIÓN, por la co.....