Torrealba."
U N I C O
Finalizada la Audiencia Preliminar, este Tribunal de Control, pasó a decidir en presencia de las partes, a tenor de lo establecido en el artículo 330 del COPP, por lo que decidió:
PRIMERO: Admite la acusación fiscal en su totalidad, así como los medios de pruebas plasmados en la misma, por ser necesarios, pertinentes y estar relacionados directamente con los hechos objeto del proceso, y por cumplir con los requisitos exigidos por el Art. 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRUEBAS ADMITIDAS OFRECIDAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO:
TESTIFICALES:
1.- Funcionarios Castellanos Juan Alexis y Berrios Dum Demetrio, adscritos a la Guardia Nacional de Venezuela, quienes suscriben acta policial, practicaron la aprehensión de los imputados referidos, así como también practicaron reconocimiento al vehículo de autos.
2.- Ciudadano José Gregorio Crespo B.....