Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA el enjuiciamiento del acusado JONATHAN JOSE PAREDES GARRIDO, Venezolano, portador de la Cédula de Identidad N° 17.661.286, de 26 años de edad, nacido el 01/01/1980 natural de Barinas, de profesión Obrero, hijo de José Gregorio Paredes (V) y Consuelo Garrido (V), residenciado en el Barrio Santiago Mariño, callejón Libertad, casa N° S/N, teléfono 0414-5627866 Barinas Estado Barinas y dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra el referido ciudadano, identificado supra, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 455 en concordancia con el artí.....