DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República por Autoridad de la Ley CALIFICA FLAGRANTE la aprehensión y de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD contra los imputados RAMON ANTONIO ROJAS FALCON y LEONARDO AIDALIX ROJAS FALCON, por la presunta comisión del Delito para el imputado LEONARDO AIDALIX ROJAS FALCON, LESIONES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 413 en relación con el artículo 425 y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente y para el imputado RAMON ANTONIO ROJAS FALCON, LESIONES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano JAIRO GARCES, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 250, y 256 Ordinal 3° del Códi.....