En consecuencia, se declara sin lugar la solicitud de medida cautelar de libertad realizada por la Defensa; así se decide; este Tribunal de Control N° 6, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Niega la solicitu hecha por la defensa publica de una medida cautelar menos gravosa y en su lugar ratifica la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad solicitada por la fiscalia 1ra en contra del Imputado NELSON ARAUJO SANTIAGO, venezolano, de fecha de nacimiento 16-05-73, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.908.102, soltero natural de Barinas, hijo de María Ofelia Santiago y Anasario Araujo , grado de instrucción: 2do Año, ocupación: Soldador de Primera, residenciado en el Barrio Santiago Mariño Calle 2 Casa N° 2-4 Poste 615, de esta ciudad de Barinas, por la comisión del Delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en grado de Facilitador.....