DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: CALIFICA COMO FLAGRANTE, la Aprehensión de los imputados CARLOS ENRIQUE ROMERO, venezolano, de años 26 de edad, dice ser titular de la cédula de identidad N° V- 10.624.213 ( no la porta), oficio obrero, estado civil, soltero, nacido en Mantecal Estado Apure, el día, 02-01-1970, hijo de Pedro Segundo Gómez (f) y Maria Cupertino Romero (v), domiciliado en barrio Corocito, calle 8, casa N° 054, en Barinas Estado Barinas y LUIS MEJIA ORTIZ, venezolano, de 43 años de edad, natural del Estado Barinas, dice ser titular de la cédula de identidad N° V-. 12.838.359 ( no la porta), oficio obrero, estado civil, soltero, nacido en el Canton E.....