El Tribunal para resolver sobre lo pedido observa lo siguiente:
Único: De conformidad a lo establecido en los artículos 57 y 61 del Código Orgánico Procesal Penal, tomándose en consideración que si bien se ha ejecutado una Orden de Aprehensión en el Estado Barinas, competencia de éste, tal orden fue librada por el Juzgado de Control N° 2 del San Fernando Estado Apure, según oficio N° 2C-1136-09, por cuanto es ante éste posee causa el imputado, por lo que es allí donde se conoce de la procedencia o no de la privación preventiva de libertad sobre la cual hay que decidir, aún cuando este imputado presenta dos causas penales con la siguiente nomenclatura EP01-P-2009-3062 por el Tribunal de Control N° 3 por Violencia Física, Violencia Psicológica y Amenaza y EP01-P-2009-5826 por el Tribunal del Control N° 6 de este Circuito Penal del Estado Barinas, por Violencia Psicológica, Acoso u Hostigamiento, Amenaza y Violencia Física, en las cuales no se ha librado orden de aprehensión, por lo que.....