Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, actuando en función de Control N º 06, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA : PRIMERO : LA PREHENSION POR FLAGRANCIA, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el ciudadano: JUAN DE LA SALLE MARTINEZ ESCORCHE, venezolano, Soltero, natural de La Palmita de Dolores , de 45 años de edad, portador de la cédula de identidad N° 4.928.130 (presentando documento identificatorio), soltero, grado de instrucción: Sexto Grado , de profesión u oficio Jornalero, nacido en fecha 15/05/1959, hijo de Ramon Martinez (f) y Maria Escorcha (v) , residenciado Sector Menudito (Caserio) cerca de la finca las 3 Caobas y Carutico Municipio Sosa del Estado Barinas Estado Barinas, por la comisión de los.....