DECRETA: AMPLIAR EL REGIMEN DE PRESENTACIONES A CADA TREINTA (30) DÍAS, a favor del Imputado JUNIOR ARSENIO PARRA JARA, venezolano, natural de Barinas Estado Barinas, Soltero, de 22 años de edad, portador de la cédula de identidad N° 18.771.025, de profesión u oficio ayudante de Albañil, nacido en fecha 09/05/1983, hijo de Carmen Cecilia Parra Jara (v) y José Rogelio Parra Jara (f), residenciado en el Barrio Corocito, calle 16, casa 72-11, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 278, Del Código Penal venezolano (vigente para el momento de los hechos), en perjuicio del estado venezolano; todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 264, 256 ordinal 3° del Código Orgánico procesal Penal.